¿Te alcanza para pensionarte? Verifícalo
Responde dos cosas y te decimos bajo qué ley del IMSS estás, cuántas semanas necesitas y cuántas te faltan. Sin registro, todo en tu navegador.
Actualizado: 30 de julio de 2026
Las semanas no alcanzan solas: también hay una edad
Cumplir el mínimo de semanas es uno de los dos requisitos. El otro es la edad, y la Ley del Seguro Social la fija por tipo de pensión:
- Cesantía en edad avanzada (artículo 154): existe «cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad».
- Vejez (artículo 162): requiere haber cumplido sesenta y cinco años.
Los dos artículos piden hoy mil semanas de cotización, pero ese número todavía no aplica completo: el transitorio Cuarto del decreto del 16 de diciembre de 2020 dispuso que arrancaran en 750 y «se incrementarán anualmente veinticinco semanas hasta alcanzar en el año 2031» las mil. Por eso en 2026 el requisito es de 875, y por eso conviene pensionarse en cuanto se cumplen edad y semanas: cada año que pasa, la valla sube.
Si llegas a los 60 o 65 años sin las semanas suficientes, la ley te deja dos salidas: retirar el saldo de tu cuenta individual en una sola exhibición, o seguir cotizando hasta completarlas. Y con un mínimo de 750 semanas conservas el derecho a las prestaciones médicas del seguro de enfermedades y maternidad.
¿Dejaste de cotizar? Lo que pasa con tus semanas
Las semanas que ya cotizaste no se borran, pero el derecho a usarlas sí tiene reglas de tiempo. Son dos artículos que conviene conocer antes de darse por perdido:
Conservación de derechos (artículo 150). Quien deja el régimen obligatorio conserva los derechos adquiridos a pensiones del seguro de invalidez y vida «por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales», contado desde la baja, y ese periodo no puede ser menor a doce meses. Con 1,000 semanas cotizadas, por ejemplo, son 250 semanas de conservación: casi cinco años.
Reconocimiento al reingresar (artículo 151). Si vuelves a un empleo formal, lo que pasa con tus semanas viejas depende de cuánto estuviste fuera:
| Tiempo que estuviste sin cotizar | Qué pasa con tus semanas anteriores |
|---|---|
| Hasta 3 años | Se te reconocen todas al momento de la reinscripción |
| Más de 3 y hasta 6 años | Se te reconocen todas cuando, desde tu reingreso, cubras un mínimo de 26 semanas nuevas |
| Más de 6 años | Se te acreditan al reunir 52 semanas reconocidas en tu nuevo aseguramiento |
Ley 73 vs Ley 97: la diferencia que define tu pensión
La fecha de tu primera cotización lo decide todo:
- Ley 73 (primera cotización antes del 1 de julio de 1997): necesitas 500 semanas y la pensión la paga el IMSS con base en tu salario promedio de las últimas 250 semanas. Suele ser mejor.
- Ley 97 (desde el 1 de julio de 1997): en 2026 necesitas 875 semanas (sube 25 por año hasta 1,000 en 2031) y la pensión depende de lo ahorrado en tu AFORE.